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Tribunal Ambiental acoge reclamación de Metro por sanción aplicada por parte de la SMA

Ene 27, 2026

La causa se originó a raíz de una multa de 43 UTA, equivalente a más de $35 millones, impuesta por emisiones de ruido.

El Segundo Tribunal Ambiental se pronunció respecto de la reclamación presentada por Metro de Santiago, en el marco de una sanción aplicada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por infracción a la norma de emisión de ruidos, validando al mismo tiempo la legalidad de los convenios de colaboración suscritos entre la SMA y las municipalidades para la fiscalización ambiental en esta materia.

La causa se originó a raíz de una multa de 43 UTA, equivalente a más de $35 millones, impuesta a Metro por emisiones de ruido provenientes de una subestación eléctrica ubicada en las cercanías de la estación Pedro de Valdivia de la Línea 1.

En su fallo, el tribunal acogió la reclamación interpuesta por la empresa, al concluir que la SMA no efectuó una adecuada y eficiente ponderación de los antecedentes presentados para desvirtuar la infracción imputada.

En particular, la magistratura cuestionó la forma en que la Superintendencia descartó las mediciones realizadas por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) contratada por Metro, mencionando que la resolución sancionatoria careció de la debida motivación. Según el tribunal, el hecho de que dichas mediciones se hayan efectuado en condiciones distintas a las de la fiscalización municipal no puede ser atribuido al fiscalizado, ni justifica por sí solo su exclusión como antecedente relevante.

Convenios

Asimismo, el fallo abordó el marco jurídico de los convenios de colaboración entre la SMA y los municipios, precisando que estos no constituyen una delegación de funciones fiscalizadoras.

El tribunal sostuvo que se trata de mecanismos de cooperación administrativa, en los cuales el organismo mantiene la rectoría técnica de las mediciones, así como sus facultades de fiscalizar y sancionar, reforzando la validez de este tipo de instrumentos en el control de ruidos a nivel comunal.

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s) y el ministro Cristián López Montecinos, junto a la ministra suplente de la Corte de Apelaciones de Santiago, Andrea Soler Merino. La sentencia fue redactada por la ministra Godoy.

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