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Corte de Apelaciones pidió informes a 12 empresas que operan en Quintero y Puchuncaví

Corte de Apelaciones pidió informes a 12 empresas que operan en Quintero y Puchuncaví

(Emol) Informes a 12 empresas emplazadas en Quintero y Puchuncaví, además de trabajos realizados por el Estado y que guardan relación con estas compañías, solicitó la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

Todo esto, en el marco de un recurso de protección presentado por un grupo de vecinos afectados por los episodios de contaminación en Quintero y Puchuncaví.

Según reveló El Mercurio, entre las empresas requeridas por la Corte se encuentran Enap S.A., Endesa, Copec, Epoxa, Terminal Gas Licuado Quintero, Oxiquim S.A., Gasmar, Codelco Ventanas S.A., Cementos Bío Bío, Puerto Ventana S.A., AES Gener S.A., y Empresa de Asfalto.

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Las respuestas de las compañías, según pidió la Corte, deben considerar «antecedentes que obren en su poder para la acertada resolución del recurso», precisándose que la petición es «bajo apercibimiento de prescindir de su informe».

Para hacer llegar la información, las compañías disponen de 8 días desde el 13 de septiembre, día en que fueron notificadas.

Hay que recordar que durante la jornada de ayer se levantó la Alerta Amarilla, se anunció el regreso a clases para el lunes, y se anunció un Decreto Supremo que permite al ministerio de Salud restringir de manera obligatoria las actividades contaminantes en las empresas de la zona, cuando las condiciones de ventilación sean adversas.

Corte de Apelaciones pide más información sobre unión SING-SIC

Corte de Apelaciones pide más información sobre unión SING-SIC

(Diario Financiero) Antecedentes adicionales sobre la interconexión del SIC y el SING y el proyecto de la línea TEN de Engie Energía Chile que unió ambos sistemas, solicitó la Corte de Apelaciones de Santiago a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Esto tras un recurso de reclamación que interpuso la sociedad Los Coihues, que ha reclamado perjuicios por la información errónea que la eléctrica habría entregado al declarar en construcción este tendido.

Mientras el plazo de diez días para responder el requerimiento ya habría vencido, el secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía (CNE), Andrés Romero, comparecerá hoy en la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados, por los inconvenientes que habría traído esta unión a la licitación de suministro.

Eléctrica ligada a BTG Pactual recibe espaldarazo en la Corte de Apelaciones

(Diario Financiero) La venta de Latin American Power (LAP), donde BTG Pactual participa a través de su fondo Infraestructura II, recibió el lunes una suerte de espaldarazo de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Esto, porque el tribunal acogió un recurso presentado por LAP, el que en definitiva frenó el intento del socio minoritario que tienen en Perú, la firma de ingeniería GCZ, de que la justicia nacional frene el proceso de enajenación que está realizando la eléctrica y que ya contaría con tres interesados en la recta final.

GCZ, que tiene 15% de la filial en ese país, busca que la transacción no se concrete para poder ejercer una opción de compra sobre algunas iniciativas que están en territorio incaico.

Según un Acuerdo Marco firmado entre ambas compañías, la firma de ingeniería, cumplidos ciertos hitos, podría hacerse del 100% del capital accionario de al menos una de las sociedades de las que dependerían las distintas centrales que LAP Perú proyecta en su portafolio.

Sin embargo, las empresas mantienen diferencias respecto de la posibilidad de ejercer esta opción, por lo cual además mantienen un arbitraje en Perú.

GCZ acudió con una medida precautoria en Chile para intentar paralizar el proceso de venta, pero un juzgado local desestimó la solicitud. De todos modos, la firma apeló a la Corte de Apelaciones, acto que fue acogido por el 27º Juzgado Civil.

Ahora, con el nuevo fallo, la Corte de Apelaciones dice que es improcedente que se aceptara tal apelación.

LAP nació en 2011 y tiene activos en Chile y Perú. En 2016 comenzó el proceso de venta, el que ya estaría en etapas finales.

En el mercado se comenta que entre los que están compitiendo se encuentra la china State Power Investment Corporation (SPIC), que tiene la operación de Pacific Hydro, Colbún y un tercero que se mantiene en reserva.

SVS reacciona al fallo de la Corte de Apelaciones por Enersis y dice que analiza los argumentos

(Diario Financiero) La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) reaccionó esta noche al fallo de la Corte de Apelaciones que acogió el recurso que presentó Habitat en contra de la reorganización de Enersis, lo que supone un revés tanto para el holding como para el regulador.

En un escueto comunicado, el regulador dijo que la resolución de la Cuarta Sala del tribunal confirma el criterio y los argumentos sostenidos por la Superintendencia en cuanto a que una división de sociedades anónimas no se sujeta a las disposiciones del Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas sobre operaciones con partes relacionadas.

Sin embargo, a continuación dijo que se encuentra analizando la decisión y los argumentos de la Corte de Apelaciones en cuanto a la aplicación de la normativa de operaciones con partes relacionadas a las fusiones de sociedades anónimas.

La Corte de Apelaciones dictaminó que la polémica reestructuración de Enersis a la que se oponían los minoritarios AFP Capital y AFP Habitat, debe estar regida por las normas de operaciones entre partes relacionadas (OPR), lo que en primera instancia supone un triunfo para ambas gestoras.

[Corte de Apelaciones: SVS incurrió en “ilegalidad” en fusión de Enersis]

Corte de Apelaciones: SVS incurrió en «ilegalidad» en fusión de Enersis

Corte de Apelaciones: SVS incurrió en «ilegalidad» en fusión de Enersis

(La Tercera) La Corte de Apelaciones de Santiago acogió parcialmente una reclamación de ilegalidad interpuesta por la AFP Habitat contra la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), entidad que no había calificado la reestructuración societaria del grupo Enersis como una operación entre partes relacionadas (OPR).

En efecto, en un fallo unánime la segunda sala del tribunal de alzada dio lugar al recurso de la administradora sólo en el sentido que la fusión societaria debe estar regida por las normas de OPR.

“La SVS incurrió en una ilegalidad al sostener que la fusión de las empresas Enersis, Endesa y Chilectra, producto de una reorganización societaria, sólo corresponde aplicar las normas del Título IX de la Ley de Sociedades Anónimas”, señaló la corte en el documento, aludiendo al apartado que regula las divisiones y fusiones.

Agregó que esa decisión del regulador “es errada, toda vez que en esa fusión de las sociedades anónimas abiertas procede aplicar preferentemente el Título XVI de la misma ley”, que versa sobre OPR.

En contraste, el tribunal resolvió rechazar la solicitud de Habitat en “cuanto a declarar la ilegalidad de la división de las referidas empresas”.

La corte dedicó extensos pasajes para fundamentar esta última decisión. Dijo que de la reclamación y de los alegatos de AFP Habitat, se puede inferir que no cuestionó mayormente el fundamento central de la Superintendencia para desestimar la división de sociedades como una OPR.

Complementó que, dado que la AFP no controvirtió este ítem, “provoca consecuencias que le restan mérito al reclamo”. A juicio del tribunal, esa “omisión impide extenderse a este órgano jurisdiccional respecto de la validez del sustrato legal en que se basa ese argumento”.

La italiana Enel, controladora del grupo Enersis, lleva a cabo un proceso de reestructuración de esta última. La reorganización contempla una división de los activos de Enersis en Chile respecto de aquellos que posee en otros países de América. Esta fase ya se concretó. En una segunda etapa, procede una fusión.

Luego que la SVS resolviera que la propuesta no era una OPR, Habitat reclamó de ilegalidad contra el regulador. Esto, porque al declararse la OPR los accionistas minoritarios quedan con un mayor resguardo.

Habitat se declaró conforme con la sentencia, pues confirma que la “argumentación planteada por esta AFP tenía una base sólida”. Expuso que es un “muy buen fallo para todos los accionistas minoritarios (…) Ratifica nuestra postura en cuanto a que las normas sobre OPR son complementarias y no excluyentes respecto de normas sobre transacciones particulares”.

AFP Capital, que se hizo parte del caso como tercero coadyuvante, declaró que la sentencia confirma lo sostenido por la gestora, en el sentido que la reestructuración societaria propuesta por Enel y, en particular, las operaciones de fusión, deben regirse por las “normas contenidas en la ley de sociedades anónimas respecto de las operaciones entre partes relacionadas”.

Lo que viene

Roberto Guerrero, profesor de derecho de la Universidad Católica y socio de Guerrero Olivos, planteó que si el fallo se mantuviera en una siguiente instancia, las AFP pueden “ganar” tres acciones. Una, es el informe de un evaluador independiente, que se pone a disposición de todos los accionistas. Otra, que al ser una OPR se tiene que señalar el interés social de la operación que se quiere realizar; y, por último, y de no cumplirse las requisitos de una OPR, una acción de perjuicio específica.

“Si esto quedara a firme, existiría la obligación de llevar este tema al directorio, y que éste se pronuncie con la abstención de los directores con algún interés, que son los designados por el controlador, pero igualmente tendría que resolverse en una junta de accionistas, porque es una fusión”, sostuvo Guerrero.

En tanto, Hugo Caneo, director del Centro de Gobierno Corporativo de la Universidad de Chile, indicó que el fallo advierte que el proceso de reestructuración no es una operación única, sino que un “conjunto de operaciones parciales y separadas unas de otras”. Afirmó también que es esperable que el proceso de fusión se dilate, pero que en ningún caso significa la invalidación de lo que ya se ha realizado.

Respecto de una eventual apelación, Caneo sostuvo que “la SVS tiene toda la posibilidad de apelar, y esto pasaría a la Corte Suprema. Y en ese procedimiento podría participar Enersis”.

Fuentes cercanas a Enersis comentaron que la compañía está analizando los pasos a seguir. Además, se encontrarían a la espera de lo que haga la SVS en esta materia.

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