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Las razones del tribunal ambiental para dejar en estudio reclamación de Interchile ante multa de $1.500 millones

Las razones del tribunal ambiental para dejar en estudio reclamación de Interchile ante multa de $1.500 millones

Las distintas controversias referidas a la sanción y a las Medidas Urgentes y Transitorias (MUT), aplicadas por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) fueron las alegadas ante el Primer Tribunal Ambiental por la empresa Interchile y el organismo fiscalizador.

La causa, que quedó en estudio, tuvo como punto central la discusión respecto a la multa por más de 1.500 millones de pesos y las cuatro MUT que fueron decretadas por la SMA en el marco del proceso sancionatorio por incumplimientos ambientales del proyecto Cardones-Polpaico.

Exposiciones

En la audiencia se relevó que los incumplimientos dicen relación con monitoreos de ruido que la empresa se había comprometido voluntariamente a realizar tanto en la etapa de construcción, como en la de funcionamiento del proyecto, los que no fueron efectuados en su totalidad, además de la superación de la norma de emisión de ruido por el efecto corona (ruido similar a un zumbido)  en ciertos puntos de la línea de transmisión.

Según el tribunal, «quedó de manifiesto, también, las 53 denuncias de vecinos de sector Altovalsol y El Romero precisamente por los ruidos que emite la línea de transmisión y los eventuales riesgos a la salud de la población que ello conlleva.»

Sin embargo, la empresa alegó, a través de su abogado Matías Montoya que “no ha habido un efecto corona continuo” y que el ruido constatado por el organismo fiscalizador “es en una baja cantidad, intensidad y no es permanente, lo que quiere decir que la calificación del cargo como grave es infundada”.

No obstante, lo alegado por Interchile, la Superintendencia de Medio Ambiente, a través del litigante Benjamín Muhr, explicó que «se han presentado diversas denuncias, antes y después del procedimiento sancionatorio y todas describen el efecto a la salud que genera el ruido, afectando el sueño, provocando cefaleas, generando estrés y otros efectos, lo que motivó que la SMA fuera a terreno y constatara la superación a la norma de ruido de 5 y 7 decibeles», aseguró el abogado.

Respecto a lo anterior se pudo establecer que Interchile había comprometido 1.176 monitoreos en la etapa de construcción y 318 en la de funcionamiento. Sin embargo, en ambas etapas no se cumplió el compromiso y de las 130 mediciones efectuadas por la SMA en la etapa de operación, 24 de ellas presentaron una superación a la norma de ruido establecida en el Decreto Supremo 38, lo que equivale a un 17% de la muestra.

Muhr fue enfático al manifestar que la empresa «no tiene voluntad de adoptar medidas ya que tampoco lo hizo en el programa de cumplimiento» y enfatizó que se está hablando de más de mil monitoreos que no se efectuaron adecuadamente.

En tanto, el abogado de la empresa también alegó aspectos formales como, por ejemplo, el decaimiento del procedimiento, debido a que el procedimiento sancionatorio estuvo suspendido por cerca de 2 años, y la figura de prescripción por la fecha en que se efectuaron los monitoreos, la que supera los tres años.

No obstante, el abogado de la SMA, explicó que la situación no ha variado porque la empresa no ha adoptado ninguna medida adicional y las condiciones que generan o propenden al efecto corona siguen igual. «Hay un incumplimiento claro a la RCA (Resolución de Calificación Ambiental) porque hay 188 mediciones de ruido comprometidas por la empresa que no fueron efectuadas, a lo que se suma todas las mediciones que la empresa tuvo que efectuar en la etapa de construcción y no realizó», dijo Muhr.

Respecto a las MUT, la empresa indica que son medidas excesivas, sin embargo, la SMA indica que lo que es significativo es el riesgo para la salud de las personas por la cantidad de superación de ruido y asegura que la empresa debe proponer medidas para hacerse cargo de los efectos de los proyectos y es distinto a la evaluación ambiental del proyecto.

«La medida es desproporcionada porque la Superintendencia fijó plazos incumplibles y en una extensión que no se justifica, ya que el problema es focalizado y hay una MUT de 700 kilómetros con plazos desproporcionados», afirmó el abogado de la empresa y aseguró que están llanos a buscar soluciones técnicas y la forma de implementación vía modificación de proyecto o revisando si hay impactos no previstos, pero lo que cuestionan es la sanción aplicada por la SMA.

Interchile reclama ante Primer Tribunal Ambiental por multa de más de $1.500 millones y medidas adoptadas por la SMA

Interchile reclama ante Primer Tribunal Ambiental por multa de más de $1.500 millones y medidas adoptadas por la SMA

Una multa de más de $1.500 millones, cursada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) pretende dejar sin efecto la empresa Interchile a través de una reclamación ingresada al Primer Tribunal Ambiental y que fue admitida a trámite hoy por el organismo colegiado.

A dicha reclamación, se suma además, la ingresada por la misma empresa para suspender el cumplimiento las cuatro medidas urgentes y transitorias, MUT, dictadas también por el organismo fiscalizador.

Se trata de dos medidas adoptadas por la SMA debido a infracciones ambientales del proyecto de transmisión eléctrica Cardones-Polpaico, específicamente por ruidos causados por el denominado «efecto corona» en los sectores Altovalsol y El Romero en la Región de Coquimbo.

Tanto la multa como las MUT tienen relación con el procedimiento sancionatorio llevado adelante por el organismo fiscalizador y que consideró dos cargos como graves: el primero por incumplimiento de las obligaciones de monitoreo de ruidos de la Resolución de Calificación Ambiental, RCA, del proyecto y el segundo, la infracción de la Norma de Emisión de Ruidos.

A través de las reclamaciones ingresadas al Primer Tribunal Ambiental, ambos cargos son refutados por la empresa, por lo que efectuó una objeción en cuanto a la determinación del hecho constitutivo de infracción y una objeción respecto a la determinación de la gravedad.

En relación al primer cargo, la empresa acota que se trata de una infracción que debió haber sido considerada como leve porque “no se infringió una obligación destinada a minimizar los efectos negativos, sino que simplemente un deber de información sobre el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable (en este caso la Norma de Emisión de Ruidos).

Respecto al segundo, Interchile argumenta que la SMA «debió haber hecho una consideración contextualizada» por la existencia de variables nuevas, distintas a las que había al momento en que el proyecto ingresó al SEIA y que dicen relación con viviendas cercanas a la línea de transmisión y asegura que no existe riesgo significativo de afectación a la salud de la población porque el organismo fiscalizador no acreditó el peligro.

Para la empresa la SMA se «extralimita en sus competencias» porque establece criterios propios de la evaluación ambiental lo que le corresponde al Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, y aluden a las herramientas que tiene el organismo evaluador para que los proyectos adapten su cumplimiento normativo, entre ellos, el artículo 25 quinquies de la Ley 19.300, que dice que la RCA de un proyecto puede ser revisada excepcionalmente a petición del titular o afectado cuando hay variaciones sustanciales en relación a lo proyectado.

Se explica que el trazado de la línea de transmisión se efectuó por sectores rurales donde no existía población, ni receptores sensibles, sin embargo, han proliferado parcelas de agrado, crecimiento que -de acuerdo a la empresa- no responde a instrumentos de planificación territorial, «no pudiendo Interchile anteponerse ni hacerse cargo de esta situación».

Ahora, los fundamentos entregados por la empresa y la contestación que efectúe el organismo fiscalizador serán analizados por el Primer Tribunal Ambiental, organismo que en las próximas semanas debiera fijar la audiencia de alegatos para escuchar los fundamentos de las partes.

Medidas Urgentes y Transitorias

Adicionalmente, la superintendencia dictaminó cuatro Medidas Urgentes y Transitorias, MUT, que debe cumplir la empresa, las que se fundamentan en antecedentes que acreditan que existe un daño grave e inminente al medio ambiente, específicamente a la salud de la población.

Sin embargo, a juicio de Interchile, las medidas imponen exigencias sin fundamento adecuado, desproporcionadas y en plazos imposibles de cumplir. Se alude a que no ha sido fundamentado el peligro o riesgo de un daño inminente para el medioambiente y aseguran que el ruido se asocia al “efecto corona”, que es un fenómeno eléctrico que se produce en las líneas de transmisión y genera luz, ruido y vibración, entre otros.

Se aduce que dicho efecto se genera cuando hay bajas temperaturas y alta humedad, por “lo que es un evento que se produce solo en algunas ocasiones durante el año y no corresponde a una emisión sonora permanente y continua”.

También, la empresa asegura que las MUT decretadas se refieren a la totalidad del proyecto y no exclusivamente en la zona que hubo exceso de ruido o denuncias, por lo que para la empresa “existe una disociación entre la inminencia del daño afirmado por la SMA y las medidas que finalmente decreta”, porque la autoridad fiscalizadora funda el supuesto peligro para el medioambiente en denuncias y mediciones de ruido realizadas en el sector de Altovalsol y decreta medidas que afectan y deben cumplirse en los 753 kilómetros que abarca la totalidad del proyecto.

Otro fundamento de Interchile tiene relación con el tiempo que ha transcurrido entre el inicio del procedimiento sancionatorio llevado adelante por la superintendencia y la dictación de las MUT, lo que descartaría el supuesto riesgo o peligro inminente y “desacredita la urgencia y necesidad” de ellas.

Respecto a lo anterior, en la reclamación se establece: “Si el supuesto peligro al medio ambiente hubiere sido tan “inminente”, ya se habría consumado hace mucho tiempo el daño afirmado por la autoridad, lo que no ha ocurrido, ni ha sido constatado. Únicamente están presentadas las denuncias de los vecinos, sin existir evidencia de eventual daño a la salud”.

Finalmente, la empresa asegura que hay inconsistencias técnicas y falta de justificación del organismo fiscalizador al delimitar el perímetro de afectación establecido en 400 metros del proyecto.

La primera medida consiste en un levantamiento actualizado de los receptores susceptibles de ser afectados por las emisiones de ruidos. Se debe considerar a todos quienes se ubiquen a una distancia inferior o igual a 400 metros desde la línea de transmisión y/o subestaciones eléctricas del proyecto y tiene un plazo de 15 días corridos.

La segunda, comprende monitoreos de ruido en la totalidad de los receptores identificados. Plazo de 2 meses. Mientras que la tercera, tiene relación con la realización de un estudio técnico para el diseño de una solución de largo plazo para el ruido audible asociado al efecto corona, en un plazo de 3 meses.

Por último, la cuarta medida tiene relación con llevar a cabo un estudio técnico para el diseño de medidas de mitigación que se deben implementar en el corto plazo. Debe ser entregado en 2 meses.

Superintendencia de Medio Ambiente resuelve multar a ISA Interchile por más de $1.500 millones

Superintendencia de Medio Ambiente resuelve multar a ISA Interchile por más de $1.500 millones

Un total de 2.470 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $1.534 millones (cerca de US$2 millones) es la multa resuelta por la Superintendencia de Medio Ambiente a la empresa ISA Interchile, propietaria de la línea de transmisión Cardones-Polpaico, que une las regiones de Atacama y Metropolitana, con 753 kilómetros de extensión.

De acuerdo con lo que se indica en la resolución sancionatoria, de 100 páginas, notificada esta semana a la empresa, son dos las infracciones a las que se le aplica la multa.

La primera corresponde a «incumplimientos de los compromisos de monitoreo asumidos en materia de ruidos», lo que se constata en una realización parcial e inadecuada de estas funciones, tanto en la construcción como en la operación del proyecto, «toda vez que 188 de los 318 mediciones de ruido realizadas se han hecho en condiciones que no permiten asegurar la existencia del efecto corona «. El monto de la multa por esta infracción es de 730 Unidades Tributarias Anuales (cerca de $460 millones).

La segunda infracción corresponde a la «superación de niveles máximos de presión sonora corregida para zona rural en horario diurno y nocturno», por lo que se aplica una multa de 1.700 UTA (cerca de $1.100 millones).

En la resolución se indica que la empresa puede presentar un recurso de reposición, para lo que dispone de cinco días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación (26 de agosto). También puede presentar un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro de un plazo de 15 día hábiles, a partir del día siguiente a la notificación.

Si se decide pagar la multa, dentro de cinco días hábiles, desde el día siguiente de ser notificada, «se le reducirá un 25% del valor de la multa».

Anteriormente, en 2017, la SMA multó a la empresa con 914 UTA por la «construcción y operación de una instalación de faenas en la comuna de Los Vilos no descrita en la evaluación ambiental del Proyecto», además de no haber cumplido la medida del «Plan de rescate y relocalización de suculentas».

Descargue acá la Resolución Sancionatoria de la SMA

Las razones del tribunal ambiental para dejar en estudio reclamación de Interchile ante multa de $1.500 millones

ISA Interchile amplía subestaciones de Cardones-Polpaico para conectar nuevos proyectos

ISA Interchile concluyó las obras de ampliación en la subestación eléctrica Nueva Pan de Azúcar perteneciente al Sistema Eléctrico Nacional, lo que permitirá que otros proyectos de transmisión se puedan conectar al sistema de 220 kV.

En concreto, de acuerdo con lo informado por la compañía, la ampliación de Nueva Pan de Azúcar consistió en la instalación de interruptores de corte central y extensiones de barra GIS (Gas Insulated Substation), en un galpón especialmente habilitado para recibir la conexión de nuevos proyectos de transmisión eléctrica en el marco del Plan de Expansión de la Transmisión.

Luis Alejandro Zapata, jefe de Proyectos de ISA Interchile, explica que la ampliación de esta instalación, y de la que vendrá posteriormente en Nueva Maitencillo, «serán fundamentales para que otros proyectos de transmisión se conecten a Cardones-Polpaico y generemos un gran circuito a la altura de los desafíos energético que Chile enfrentará en los próximos años».

A su juicio estas obras de transmisión son fundamentales para «para alcanzar los objetivos de descarbonización de la matriz. Una forma de seguir contribuyendo a que las fuentes renovables sigan aumentando su presencia, es expandiendo y fortaleciendo el Sistema Eléctrico Nacional.

Además de Nueva Pan de Azúcar, la filial de ISA está avanzado en la ampliación de la subestación eléctrica Nueva Maitencillo localizada en Freirina, región de Atacama, que estará operativa el cuarto trimestre de 2021. En total, ambas obras representan una inversión aproximada de US$3,7 millones cada una.

Transmisión: ISA Interchile finaliza obras de compensación reactiva entre Nueva Pan de Azúcar y Polpaico

Transmisión: ISA Interchile finaliza obras de compensación reactiva entre Nueva Pan de Azúcar y Polpaico

Con el objetivo de optimizar la distribución del flujo de potencia reactiva y mejorar el perfil de tensión del tramo Nueva Pan de Azúcar – Polpaico de la línea Cardones – Polpaico, ISA Interchile puso en servicio la última etapa del proyecto de compensación reactiva del tramo «Nueva Pan de Azúcar – Polpaico 2×500 kV» al energizar un moderno SVCPLUS en 500 kV en la subestación ubicada en la Región de Coquimbo, con lo que se buscar entregar mayor confiabilidad al sistema.

El proyecto denominado «Obra de ampliación Decreto Supremo Nº422 de 2017 del Ministerio de Energía – Compensación reactiva en línea 2×500 kV Nueva Pan de Azúcar – Polpaico», representó una inversión aproximada de US$56 millones y contó con el trabajo coordinado de más de 45 empresas y casi 1.000 profesionales en sus distintas fases, entre los cuales destaca el Consorcio Siemens Chile, Siemens Alemania, HMV, empresas líderes de la obra, y WSP como inspección técnica de obra.

Etapas

Según la empresa transmisora, «en su primera etapa, el proyecto implicó la instalación y energización de la compensación serie de 53/2% del tramo Nueva Pan de Azúcar – Polpaico en el extremo de subestación Polpaico, concretado el 28 de noviembre de 2020. Luego, se procedió a modificar la compensación serie en la subestación Nueva Pan de Azúcar para disminuirlo a 53/2% y energizarla, además de toda la adecuación que debe realizarse al sistema de protección y control asociado, hito logrado el 22 de diciembre de 2020».

Finalmente, la última fase fue alcanzada el pasado martes 3 de agosto, al energizar el SVCPLUS en la Subestación Eléctrica Nueva Pan de Azúcar 500 kV / 220 kV localizada en la Región de Coquimbo, con tecnología avanzada única en Latinoamérica.

Gonzalo Moreno, jefe de Proyectos de ISA Interchile, explica que la compensación dinámica reactiva del Statcom «flexibilizará la operación del sistema actual mediante la absorción automática de reactivos, de manera especial, durante las horas de baja demanda para mantener una tensión en 500 kV regulada en un valor adecuado sin que sea necesario retirar del servicio circuitos de la interconexión a 500 kV con lo cual se mejorará la confiabilidad del sistema».

El ingeniero puntualiza que el sistema de compensación serie en la Subestación Polpaico enlazada con la de la subestación Nueva Pan de Azúcar, y un SVCPLUS en 500 kV en este recinto, viene a consolidar «un nodo estratégico de control automático efectivo del voltaje desde Los Changos hasta Polpaico, con lo cual se mejorará la calidad en el suministro continuo y la respuesta transitoria del sistema ante eventos de severidad 6 en el Plan de Defensa Ante Condiciones Extremas (PDCE)».

En la última etapa del proyecto, se concretó la instalación de dos bancos de reactores fijos de 100 MVA cada uno en la barra Nueva Pan de Azúcar 19,3 kV, una unidad adicional de reserva compartida, dos bancos de reactores fijos de 50 MVAr en la barra de 19,3 kV, más una unidad adicional de reserva compartida. A esto se suman dos equipos de compensación estática de reactivos de 50 MVAr c/u del tipo STATCOM basado en VSC en Nueva Pan de Azúcar, y tres transformadores de potencia (2 principales y uno para cambio rápido) con los cuales se logrará un rango variable de operación de +100/-400 MVAr en la barra de 500 kV.