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Generación distribuida: Advierten necesidad de reformar segmento de distribución para masificarla

Generación distribuida: Advierten necesidad de reformar segmento de distribución para masificarla

En el marco Proyecta Solar Chile Latam 2022, que organiza la Asociación Chilena de Energía Solar (Acesol) se abordó la necesidad de profundizar el avance de la generación distribuida en el país, mediante el desarrollo de proyectos de net billing y de pequeños medios de generación (PMG y PMGD), con la finalidad de aumentar la descentralización de los consumos y la descarbonización, incorporando paneles fotovoltaicos.

Este tema fue visto en el primer módulo del evento, donde la directora ejecutiva de la Asociación Chilena de Energías Renovables y Almacenamiento (Acera A.G.), Ana Lía Rojas, planteó la necesidad de que se reforme el segmento de la distribución, incorporando la figura de la portabilidad eléctrica y del comercializador, así como el desarrollo de recursos distribuidos.

La representante gremial aseguró que no se puede avanzar en generación distribuida, si no se tiene una reforma a la distribución.

«Quería hablar de la ausencia de la reforma de la distribución en el programa de gobierno. Cómo vamos a hacer generación distribuida si no tenemos una reforma a la distribución y también calidad de servicio», señaló la ejecutiva,

Almacenamiento

Ana Lía Rojas también aprovechó la instancia para hablar de inversión, principalmente en almacenamiento, llamando a ser realistas: «Tenemos 65 MW instalados de capacidad en almacenamiento, necesitamos entre 3,6 a 3,8 GW a 2030 y la verdad es que nuestro diagnóstico es que la regulación no está cubriendo los costos de almacenamiento que significa la instalción y el despliegue de este».

«No solo por el lado de los modelos financieros y la regulación, sino también de los criterio que hay para adaptar e incorporar almacenamiento. Tenemos un proyecto de almacenamiento de 500 Mw incorporado al plan de transmisión y, sin embargo, tenemos organismos como el Coordinador que ha discrepado con la incorporación de este almacenamiento que tanto queremos», explicó.

Además, aseguró que se iba a conversar en el panel de expertos, pero tiene que haber una coherencia entre lo que se dice y con lo que realmente se está evaluando para materializar el punto de almacenamiento. Según explica «creo yo que es transversal a generación, transmisión y distribución, es como el cuarto segmento», concluyó.

Coordinador

Por su parte, también participó Juan Carlos Olmedo, presidente del directorio del Coordinador Eléctrico Nacional, quien llamó a no caer en la «inflación regulatoria».

Del mismo modo, se remitió a la cuenta pública del organismo coordinador para decir que «nosotros ya habilitamos y plenamente -desde el año pasado- una central con un sistema de baterías y está haciendo arbitraje de energía, recaudando potencia de suficiencia y fue habilitada hace tres semanas para proveer servicios complementarios».

«Por lo tanto, la normativa para que eso ocurra, está. Entonces invito nuevamente a los coordinador a la acción, a empezar a invertir en la transición energética, porque están los factores y nosotros los vamos a trabajar y vamos a usar al máximo la normativa vigente», concluyó Olmedo.

Valor Agregado de Distribución: CNE inició consulta pública sobre fijación de áreas típicas

Valor Agregado de Distribución: CNE inició consulta pública sobre fijación de áreas típicas

La Comisión Nacional de Energía (CNE) inició el proceso de consulta pública sobre la fijación de áreas típicas para el cálculo de las componentes del Valor Agregado de Distribución, correspondiente al periodo noviembre de 2024-2028, srgún se estableció en la resolución N°330.

El plazo para de la consulta es de 15 días hábiles para entregar observaciones que se encontrarán disponibles en el sitio del organismo regulador.

El VAD corresponde a un costo medio que incorpora todos los costos de inversión y funcionamiento de una empresa modelo o teórica operando en el país, eficiente en la política de inversiones y en su gestión, de modo que .según indica la normativa- el no reconoce necesariamente los costos efectivamente incurridos por las empresas distribuidoras.