La titular del Juzgado de los Mercantil número 3 de Madrid, Miriam Iglesias, ha dictado un auto en el que ordena suspender la tramitación de la OPA formulada por Gas Natural sobre Endesa, al entender que podría haber habido un pacto previo e ilegal entre Gas Natural e Iberdrola.
Para que la medida sea efectiva, la eléctrica deberá entregar un aval de 1.000 millones de euros para cubrir los eventuales daños.
Endesa tiene un plazo de diez días para presentar el aval bancario al que están supeditadas las medidas cautelares.
Posible pacto previo
La eléctrica había presentado una demanda de juicio ordinario contra Gas Natural e Iberdrola por un presunto pacto colusorio entre ambas.
Con esto, lo que la juez estima es que existe la posibilidad de que Gas Natural e Iberdrola alcanzaran un pacto para repartirse el mercado eléctrico antes de que la primera lanzara la opa sobre Endesa.
Esta última entendía que había existido esa concertación antes de lanzarse la OPA y que la actuación de las dos compañías españolas contravenía el artículo 81 del Tratado de la Unión Europea (UE).
La eléctrica reclamaba la suspensión cautelar del acuerdo y de la tramitación de la OPA, en especial de la compra de acciones por parte de Gas Natural.
La demanda fue admitida a trámite el 21 de diciembre y si bien no existe todavía resolución sobre la misma, sí se han resuelto ahora las medidas cautelares que también solicitaba la eléctrica.
El juzgado considera «razonable» la hipótesis del pacto previo por «la magnitud de la operación», su «complejidad interna», las «especificidades de los mercados de gas y electricidad» y «la concreción de las plantas y unidades de negocio» incluidas en el acuerdo suscrito entre Gas Natural e Iberdrola.
Según el auto, «no parece razonable que Gas Natural se lanzase a acometer una operación de tamaña envergadura sin tener asegurado el destino de esas plantas o unidades de negocio» como «vía para reducir la cuantía final del esfuerzo».
El juzgado también coincide con Endesa en que una sentencia a favor de las tesis de la eléctrica «carecería de cualquier eficacia» si la operación ya hubiera terminado, por lo que opta por establecer medidas cautelares.
El juez solicita un aval a Endesa
No obstante, el auto subraya que las medidas cautelares «son susceptibles de producir consecuencias negativas en forma de perjuicios para las demandadas».
Según el auto, Endesa ofreció un aval de 1 millón de euros, cifra que tanto Gas Natural como Iberdrola consideraron insuficiente.
Finalmente, el juzgado decidió supeditar la efectividad de las medidas cautelares a la presentación por parte de Endesa de un aval bancario de 1.000 millones de euros.
Resolución recurrible
La resolución del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid, cuya titular es la magistrada Miriam Iglesias, puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en un plazo de cinco días a partir de la notificación.
El auto ha sido notificado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y al Servicio de Defensa de la Competencia (SDC).
Fuentes de la CNMV consultadas por EFE aseguraron que, tras recibir el auto, han suspendido la tramitación de la OPA y que permanecerán a la espera de que la juez les comunique en los próximos diez días si Endesa impone el aval y si, por tanto, ha de paralizar la operación hasta que el juzgado se pronuncie sobre el fondo del asunto.
Fuente: 20minutos.es/EFE.