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La nueva institucionalidad ambiental: Algo que todos estábamos esperando

Feb 26, 2014

Durante los últimos años se ha ido conformando la llamada nueva institucionalidad en materia ambiental. En virtud de la Ley 20.417 esta nueva estructura legal se ha ido incorporando con una mirada innovadora, en muchos aspectos que son necesarios al momento de decidir, entre otras cosas, para resarcir los posibles daños y perjuicios que puedan […]

Durante los últimos años se ha ido conformando la llamada nueva institucionalidad en materia ambiental. En virtud de la Ley 20.417 esta nueva estructura legal se ha ido incorporando con una mirada innovadora, en muchos aspectos que son necesarios al momento de decidir, entre otras cosas, para resarcir los posibles daños y perjuicios que puedan sufrir personas y comunidades que deben tolerar proyectos de grandes envergaduras que se han ido instalando en el país. Esto ha traído como consecuencia la desaparición de la Conama, y la creación del Ministerio del Medio Ambiente y la Superintendencia del Medio Ambiente, entre otros.

En el caso del Ministerio del Medio Ambiente, era una necesidad darle rango ministerial a tan importante aspecto de las políticas públicas, como es la protección del medio ambiente, cuyo status constitucional la coloca entre las principales prioridades de la autoridad, al momento de decidir sobre proyectos de desarrollo industrial. Es este ministerio el encargado de diseñar las políticas públicas, planes y programas medioambientales, cuyos objetivos son proteger y conservar la biodiversidad, y promover el desarrollo sustentable.

El ministerio cuenta, además, con un Consejo Consultivo Nacional, y Consejos Consultivos Regionales, integrados por científicos y representantes de organismos sin fines de lucro del sector privado y de los trabajadores. Vinculado al ministerio también se encuentra el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, presidido por el ministro del Medio Ambiente e integrado por 11 ministros de Estado, el que debe velar porque la perspectiva ambiental sea considerada en las políticas públicas y planes de las distintas carteras de gobierno.

Por otra parte, la Superintendencia del Medio Ambiente tiene por objeto fiscalizar el cumplimiento de la normativa medioambiental, así como las condiciones a base de las cuales se aprueba o no el desarrollo de proyectos y actividades económicas. Por lo mismo, es el ente encargado de aplicar sanciones y multas en caso de descubrir la existencia de fallas o incumplimientos por parte de los actores del mercado, en materia ambiental.

Es de esperar que, con el tiempo, la aplicación efectiva de la normativa jurídica por parte de las autoridades ambientales permita avanzar en la protección concreta de nuestro entorno natural, de manera de superar, muchas veces, un progreso mal entendido, políticas regulatorias insuficientes y fiscalizaciones inadecuadas, porque al hacerlo, lo que estamos verdaderamente produciendo es una forma de protegernos a nosotros mismos. Puesto que el ser humano forma parte de la diversidad medioambiental.

Waldo Parra, abogado, doctor en Derecho y profesor de la Facultad de Economía y Negocios (FEN) de la Universidad de Chile.

abogado, doctor en Derecho y profesor de la Facultad de Economía y Negocios (FEN) de la Universidad de Chile.

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