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Segundo Tribunal Ambiental confirma vigencia de proyecto de biomasa en la Región del Maule

Segundo Tribunal Ambiental confirma vigencia de proyecto de biomasa en la Región del Maule

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por la Municipalidad de Parral en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que buscaba la caducidad del proyecto «Minicentral Biomasa La Gloria”, emplazado en la Región del Maule.

“El Tribunal concluye que, sin perjuicio que precluyó la facultad de la Municipalidad de Parral para deducir la reclamación de autos, las decisiones de la SMA, de tener por acreditado el inicio de la ejecución del proyecto “Minicentral Biomasa La Gloria”, mediante la Resolución Exenta N° 1075/2021, y de rechazar la solicitud de invalidación a su respecto, a través de la resolución reclamada, se encuentran debidamente fundamentadas y ajustadas a Derecho«, mencionó la sentencia.

En ese sentido, la entidad añadió que «lo anterior, atendido que los antecedentes presentados por el titular, efectivamente, dan cuenta de la realización de gestiones y actos de manera sistemática, ininterrumpida y permanente, antes del vencimiento del término de caducidad, permitiendo constatar el inicio de ejecución de su proyecto».

Tras analizar los antecedentes de la causa, el Tribunal determinó que la SMA justificó razonable y fundadamente la idoneidad de las gestiones realizadas por la empresa para acreditar el inicio de ejecución del proyecto, cumpliendo con el deber de fundamentación establecido en la Ley N° 19.880 (que rige los actos administrativos)

Entre estas acciones, se describe la inscripción del terreno del proyecto en el Conservador de Bienes Raíces; el desarrollo de planos de ingeniería de detalle y planos de ingeniería civil; la compra de caldera y turbina; y la solicitud a GCE de conexión a la red eléctrica, en la cual identifica la ubicación de la planta, la unidad que se conectará, así como datos técnicos del generado.

La sentencia aclara que el hecho que los antecedentes hayan sido presentados 7 días después del vencimiento del plazo de caducidad, no impide la decisión de la SMA, pues lo relevante es la fecha en que se verificaron las gestiones y no la de su presentación ante la Superintendencia.

Cabe mencionar que la Municipalidad de Parral acudió al Tribunal luego que la SMA rechazó su solicitud de invalidación de la resolución de mayo de 2021 que dio por acreditado el inicio de ejecución del proyecto.

El proyecto, cuyo titular es la empresa Consulting & Energy Ltda., fue aprobado en febrero de 2016, por la Comisión de Evaluación de la Región del Maule. Consiste en la construcción y operación de una planta generadora de energía eléctrica a través de biomasa, con una capacidad instalada de 2,9 MW. Considera como combustible para su funcionamiento, cascarilla de arroz, paja y en caso alternativo biomasa forestal no tratada con un funcionamiento previsto de 8.200 horas al año.

Presidencia del Segundo Tribunal Ambiental es asumida por primera vez por una mujer

Presidencia del Segundo Tribunal Ambiental es asumida por primera vez por una mujer

La ministra abogada Marcela Godoy Flores asumió la presidencia del Segundo Tribunal Ambiental para el periodo 2023-2025, pasando a la historia como la primera mujer en detentar este cargo en los 10 años de existencia de esta judicatura especializada.

Segundo Tribunal Ambiental deja firme decreto ministerial que obliga al sector automotriz a hacerse cargo de los neumáticos

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por un grupo de automotoras en contra de las obligaciones establecidas en decreto del Ministerio del Medio Ambiente, para la disposición de los neumáticos usados, dictadas en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).

La sentencia desechó, una a una, las alegaciones a través de las cuales la industria automotriz chilena buscaba dejar sin efecto el Decreto Supremo N°8 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas a neumáticos.

Respecto al argumento que sostenía que los vehículos no serían un producto prioritario -lo que los dejaría fuera de los objetos obligados por la ley-, la sentencia aclara que los neumáticos sí se encuentran dentro del catálogo de las seis clases de productos prioritarios definidas por el cuerpo legal, abarcando tanto los neumáticos de reposición como aquellos que forman parte integrante de vehículos.

“Finalmente, en el marco de esta interpretación finalista, se debe colegir que la ley estableció expresamente que el ‘neumático’ constituye un producto prioritario, por lo que no existe razón alguna para diferenciar entre neumáticos de reposición de aquellos que forman parte de un vehículo, pues ambos corresponden al mismo tipo de residuo y generan las mismas externalidades negativas para el medio ambiente”, puntualizó la sentencia.

Cabe mencionar que la reclamación fue presentada por ANAC A.G., PSA Chile S.A. (representante de Peugeot y Opel), Newco Motor Chile SpA (Chery), Comercial Chrysler SpA (Chrysler), Ssangyong Motor Chile SpA (Ssangyong), Comercial Itala (Fiat y Ram) y South Pacific Motor Chile SpA (MG).

Segundo Tribunal Ambiental deja firme decreto ministerial que obliga al sector automotriz a hacerse cargo de los neumáticos

Segundo Tribunal Ambiental deja firme decreto ministerial que obliga al sector automotriz a hacerse cargo de los neumáticos

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por un grupo de automotoras en contra de las obligaciones establecidas en decreto del Ministerio del Medio Ambiente, para la disposición de los neumáticos usados, dictadas en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).

La sentencia desechó, una a una, las alegaciones a través de las cuales la industria automotriz chilena buscaba dejar sin efecto el Decreto Supremo N°8 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas a neumáticos.

Respecto al argumento que sostenía que los vehículos no serían un producto prioritario -lo que los dejaría fuera de los objetos obligados por la ley-, la sentencia aclara que los neumáticos sí se encuentran dentro del catálogo de las seis clases de productos prioritarios definidas por el cuerpo legal, abarcando tanto los neumáticos de reposición como aquellos que forman parte integrante de vehículos.

“Finalmente, en el marco de esta interpretación finalista, se debe colegir que la ley estableció expresamente que el ‘neumático’ constituye un producto prioritario, por lo que no existe razón alguna para diferenciar entre neumáticos de reposición de aquellos que forman parte de un vehículo, pues ambos corresponden al mismo tipo de residuo y generan las mismas externalidades negativas para el medio ambiente”, puntualizó la sentencia.

Cabe mencionar que la reclamación fue presentada por ANAC A.G., PSA Chile S.A. (representante de Peugeot y Opel), Newco Motor Chile SpA (Chery), Comercial Chrysler SpA (Chrysler), Ssangyong Motor Chile SpA (Ssangyong), Comercial Itala (Fiat y Ram) y South Pacific Motor Chile SpA (MG).

Presidente de la Corte Suprema inaugura V Foro Internacional de Justicia Ambiental organizado por el Segundo Tribunal Ambiental

El ministro presidente de la Corte Suprema, Juan Eduardo Fuentes Belmar; y Cristián Delpiano Lira, presidente (s) del Segundo Tribunal Ambiental; inauguraron el V Foro Internacional de Justicia Ambiental que se prolongará hasta este martes en Santiago.

En su intervención, el ministro presidente de la Corte Suprema opinó que el país ha hecho bien en enfatizar el rol que ocupa la justicia ambiental. “Hemos sido testigos de una tremenda revolución institucional sobre la materia, que nos hizo transitar desde un escenario de leyes sectoriales fragmentarias o dispersas, a una institucionalidad ambiental con leyes y reglamentación precisa, y recubierta por la presencia de organismos administrativos y jurisdiccionales altamente especializados”, indicó.

A diez años de su implementación, calificó el balance como positivo. Sin embargo, aclaró que Chile mantiene importantes deudas pendientes, como la problemática del acceso a la justicia en materia medio ambiental, aún más luego de la adhesión al Acuerdo de Escazú.

Propuso tomar medidas que le permitan a la población “…reducir o eliminar barreras al ejercicio del derecho de acceso a la justicia que pueden estar afectándola; instaurar medidas que aseguren la “divulgación del derecho de acceso a la justicia y los procedimientos para hacerlo efectivo…”; emprender acciones “de sistematización y difusión de las decisiones judiciales y administrativas que correspondan”; posibilitar el uso de mecanismos de interpretación o traducción “de idiomas distintos a los oficiales”; y compatibilizar la realización de todas estas acciones considerando las necesidades específicas de las personas y comunidades beneficiarias y, especialmente, las de aquellas que se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad o marginación.

“Tras la adhesión de Chile a este instrumento, los requerimientos que impone la demanda por el acceso a la justicia en materia medioambiental han evolucionado de un modo que a la vez es radical y nos deja en una situación de deuda”, explicó.

Puchuncaví y proceso constituyente

Por su parte, Cristián Delpiano Lira, presidente (s) del Segundo Tribunal Ambiental destacó el conflicto medioambiental en Puchuncaví y el aporte que la institucionalidad medioambiental puede hacer a una nueva Constitución.

Repasó el trabajo realizado por el organismo en la demanda por la contaminación histórica en la Bahía Quinteros Puchuncaví, que es la causa más grande que hoy tiene el sistema jurídico ambiental y recordó que en 2019 el Segundo Tribunal Ambiental tomó el liderazgo de ese proceso y buscó proponer bases que fueran aceptables para todas las partes y perdurables en el tiempo.

“En ese tránsito, nos propusimos ir más allá de nuestro mandato legal y nuestra meta fue tratar de solucionar el conflicto subyacente a la controversia y sentar las bases para la solución. Lamentablemente la conciliación se vio frustrada. Sin embargo, entendemos que debemos obtener aprendizajes de todo este proceso, identificar espacios de mejoras para que en un futuro, a través de mecanismos alternativos, podamos como tribunal lograr apoyar la solución de conflictos socioambientales y no solo limitarnos a resolver una controversia entre partes”, explicó.

Respecto a la propuesta de una nueva Constitución, y en el entendido que el proceso constituyente sigue, el ministro Delpiano pidió reconocer que existen aportes que pueden ser realizados desde la institucionalidad ambiental en general y desde la judicatura ambiental en particular, en la medida que se les escuche y se les integre al debate. «La experiencias en estas materias la erigen como una voz autorizada a la hora de aportar con aquellas ideas que se deseen plasmar en lo que se pueda llamar una Constitución ambiental”, señaló.

Recordó que el trabajo del Segundo Tribunal Ambiental lleva 250 sentencias, diversas conciliaciones y otros mecanismos de solución de controversias. Por ello, “el debate sobre una nueva Constitución no puede prescindir del aporte que puede entregar la institucionalidad ambiental, dado que ha tenido la oportunidad de conocer de primera mano la realidad de los conflictos socioambientales«, indicó.

Presentaciones

El encuentro, que se realiza en el Hotel Intercontinental, seguirá el martes 15 con el panel “Cumplimiento de sentencias ambientales”, en el que expondrá Iris Pacheco Huancas, jueza Suprema Provisional de la Sala Penal Transitoria del Poder Judicial de Perú, Oneyda Cáceres, Jueza Ambiental de la Corte Suprema de la República de El Salvador y Adarsh Kumar Goel, presidente del National Green Tribunal de India; el quinto panel se referirá a la “Fundamentación científica de las sentencias”, mientras que el último analizará la importancia de la ciencia en la resolución de conflictos socioambientales”, en el que intervendrá Ricardo Luis Lorenzetti, ministro de la Corte Suprema de Argentina.

Además, destaca la participación de representantes del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Foro de Jueces para el Medio Ambiente de la Unión Europea (EUFJE).

Las charlas magistrales estarán a cargo de César Tolosa Tribiño, presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de España; y Nancy Yáñez, presidenta del Tribunal Constitucional de Chile.