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Fin de acumulación de saldo por Ley PEC: prevén eventuales alza de 42-43% en cuentas de luz

Fin de acumulación de saldo por Ley PEC: prevén eventuales alza de 42-43% en cuentas de luz

Un eventual aumento en las tarifas eléctricas para clientes regulados de entre 42% y 43% prevé un informe Valgesta Nueva Energía, elaborado por su socio director, Ramón Galaz y Matías Salas, a partir del fin de la acumulación de saldos que dan inicio a los ajustes al Mecanismo de Estabilización del Precio del Cliente Regulado (PEC).

El hecho de que el fondo de estabilización haya superados en US$170 millones el techo de US$1.350 millones, definidos en la Ley 21.185, podría impactar «al alza las cuentas de los clientes finales cuando sea publicado el Decreto de Precio de Nudo Promedio correspondiente, que fija los cargos de energía y potencia de los clientes regulados, salvo que se implemente un nuevo mecanismo que evite ello, tal como lo ha informado el Ministerio de Energía».

«Al comparar el precio definido en el informe de PNP de enero de 2022 con el valor que muestra el informe preliminar de la CNE, se observa que el aumento en el «cargo de energía» es de un 61,2%, incluyendo tanto el efecto del IPC como el impacto del factor de ajuste del PEC, mientras que el precio de la potencia aumentará en un 6.1% por efecto del IPC. Adicionalmente, si se compara el precio de la energía calculado en el actual informe con el precio establecido en el Decreto 20T de 2019 (PEC), el aumento es de un 67,5%, mientras que en el caso de la potencia dicho aumento es un 10%», señala el informe de la consultora.

Es así como se tomó en cuenta la diferencia del precio de la energía y del precio de la potencia para el ITP de PNP recién publicado, el ITD de PNP de Enero de 2022 y para el Decreto 20T de 2019, para las compañías Enel Distribución y CGE, señalando que ello tendría un «impacto al alza en las cuentas de los clientes residenciales (recordar que el cargo por energía representa hasta un 62% de la cuenta eléctrica de las familias del país, dependiendo de la comuna), que podría ser de hasta un 42-43% respecto de la última fijación tarifaria».

Ante ello, el análisis de la consultora plantea la urgencia de contar con un nuevo mecanismo, lo que va en línea con el anuncio del ministro de Energía, Claudio Huepe, de enviar un proyecto de ley al Congreso, donde se entregue una mayor estabilidad de largo plazo en el valor de la tarifas a clientes regulados.

«Cabe esperar la solución que propondrá el gobierno mediante la presentación de un proyecto de ley, que deberá responder una serie de interrogantes tales como cuánto será el monto que se requiere para implementar un nuevo mecanismo de estabilización o su equivalente, quién administrará dicho fondo, quién asumirá la deuda y quién pagará el costo financiero de su implementación, cuáles son los plazos considerados, etc. Por ahora hay que esperar a conocer el detalle de lo que el Gobierno proponga y sobre eso, lograr un consenso respecto de cuál es la mejor solución para el país», concluye el informe.

Generadoras y venta de cuentas por cobrar a distribuidoras: refleja el impacto de la ley PEC

Generadoras y venta de cuentas por cobrar a distribuidoras: refleja el impacto de la ley PEC

La decisión de las cuatro principales generadoras del mercado local (AES Gener, Engie, Enel Generación y Colbún) de vender las cuentas por cobrar a las distribuidoras al comprador «Chile Electricity PEC SpA» para obtener una liquidez de recursos refleja el impacto que tiene la Ley del Precio Estabilizado a Cliente Regulado (PEC), que crea  un mecanismo transitorio de estabilización de precios de la energía eléctrica para los clientes sujetos a regulación de precios.

Así lo sostiene a ELECTRICIDAD Ana Lía Rojas, socia directora de EnerConnex, al analizar lo ocurrido, en que estas compañías informaron sobre la operación a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Análisis

La economista recuerda que esta Ley (21.185) «implicó que el sector generación se hiciera cargo de los costos que evitarían alzas de tarifas a los consumidores finales», por lo que se generó un fondo de US$1.350 millones, del cual Enel, Engie, AES Gener y Colbún, «aportan la mayor proporción, por los volúmenes de sus contratos».

«Estas tres empresas, junto con el resto de generadoras que poseen contratos regulados, deberán cubrir este subsidio, al no aplicar alzas en sus precios de generación, que hubiesen correspondido hacer a fines del 2019, en virtud de los mecanismos de indexación establecidos por contrato con las Distribuidoras», explica.

Según la ejecutiva, «el hecho informado implica que estas empresas ceden a un tercero, en una especie de ‘mega factoring’, las alzas de estas cuentas que aún no se han aplicado, vendiendo su cartera de ‘cuentas por cobrar’ a las Distribuidoras».

«El comprador de esta cartera, la empresa no relacionada y creada especialmente para este propósito, “Chile Electricity PEC SpA”, adquiere esta, a cambio de entregarles a estas tres empresas, una importante inyección de liquidez, en donde el IDB también aportará en esta adquisición», agrega.

En su opinión, lo que llama la atención, más que el mecanismo en sí mismo, son los potenciales montos de la operación que ameritan efectuar esta comunicación. «Aunque no se entregan cifras exactas de lo que implica la operación pueden ser montos muy significativos, dado el factor de ajuste que la CNE aplica y que reduce el precio de venta de estos contratos, realizando recortes de hasta 15%. Luego, y a pesar que el factoring aplicará también un descuento porcentual al adquirir una cartera de cuentas por cobrar, la cifra puede seguir siendo significativa, considerando el monto del fondo total antes aludido», precisa.

Rojas además recuerda que en el segmento de generación, «hay efectivamente operaciones de factoring, pero aquí la diferencia es que, primero, esta operación debe informarse a la CMF, y segundo, porque refleja que hay una necesidad de ajuste que viene a concretarse a más de un año de la entrada en vigencia de la ley 21.185».

Y afirma: «El foco es más bien el costo que ha representado para la industria de la generación el mecanismo de estabilización de las cuentas eléctricas que impuso la Ley. Y es que, a juicio de muchos especialistas, este costo debiera haber sido asumido por el Estado como un subsidio de cobertura a un servicio básico. El factoring sin duda es una solución provisoria para la obtención de liquidez para empresas incumbentes, que pueden acceder a este tipo de operaciones».

«Sin embargo, a la fecha, no hay operaciones conocidas de empresas más pequeñas, muchas de ellas generadoras renovables, que tienen en general una alta dependencia de contratos con Distribuidoras, y que apunten a lograr el mismo esquema de solución para cobros que les fueron diferidos, por una ley que podría haber asumido el Estado sin exponer así los equilibrios financieros de estas otras empresas», concluye la economista.

Especialistas analizan reasignación de ingresos tarifarios en torno al proyecto de ley de Transición Energética

Especialistas analizan reasignación de ingresos tarifarios en torno al proyecto de ley de Transición Energética

Hace dos semanas, el Gobierno ingresó al Congreso el proyecto de ley de Transición Energética, iniciativa considerada clave para el avance del país hacia una matriz eléctrica más limpia y sustentable. Entre otros puntos, la propuesta considera una modificación vinculada a la reasignación de los ingresos tarifarios y el fomento al almacenamiento de energía eléctrica.

Ambos aspectos de la iniciativa fueron abordados en el seminario “Proyecto de Ley de Transición Energética: Diálogos para la construcción de una visión común”, organizado por la consultora Valgesta Nueva Energía y realizado este lunes en el Hotel Radisson Blu – Plaza El Bosque Santiago, ubicado en Las Condes.

El encuentro fue encabezado por el ministro de Energía, Diego Pardow, quien participó en un diálogo junto a líderes gremiales de la industria y ejecutivos de empresas y expertos del sector.

El seminario se estructuró en dos bloques. El primero de ellos se enfocó en las modificaciones al mecanismo de reasignación de ingresos tarifarios y contó con la participación del director ejecutivo de Acenor, Javier Bustos; el académico de la U. de Chile e investigador del ISCI Rodrigo Moreno; la directora ejecutiva de Acera, Ana Lía Rojas; el gerente de Energía de Colbún, Juan Eduardo Vásquez, y la directora de Asuntos Regulatorios de AES Chile, Paola Hartung. Este segmento fue moderado por Ramón Galaz, socio director de Valgesta.

En su intervención, el ministro Pardow afirmó que “uno de los pilares del proyecto de ley tiene que ver con reasignar ingresos tarifarios o rentas por congestión”.

Al respecto, enfatizó que dentro de este análisis es relevante la necesidad de abordar la relación costo-beneficio en cuanto a las definiciones que se adopten, en favor de los consumidores. “En el caso de los ingresos tarifarios hay que preguntarse qué es lo que le conviene al consumidor: si quedarse con esas rentas de congestión extraordinarias, a cambio de una probabilidad importante de que eso concentre el mercado y tenga un costo permanente, o bien, que en el corto plazo se experimenten terminaciones de contrato por insolvencia, lo cual también tiene un impacto directo en las cuentas de las personas”, sostuvo el secretario de Estado.

Discusión por separado

Por otro lado, Ana Lía Rojas anticipó un debate complejo del proyecto de ley en el Congreso, debido a la amplitud de temas que aborda, vinculados con el avance hacia la transición energética. A raíz de ello, propuso separar la discusión de los ingresos tarifarios, del resto de la propuesta. “Entendemos que hay visiones muy distintas en el mercado y probablemente esto requiera ser tratado de forma exclusiva para poder despejar rápidamente la duda de si es que es viable o no”, sostuvo la líder gremial.

Una visión diferente manifestó Javier Bustos al afirmar que la regulación chilena desde siempre ha tendido a que los costos se trasladen al cliente y que, desde su punto de vista, el proyecto de ley de Transición Energética apunta en la misma dirección. “El ingreso tarifario es propiedad del cliente, porque él paga toda la demanda”, expresó el representante de Acenor.

Desde otra perspectiva, Rodrigo Moreno indicó que los problemas en este ámbito en el país se deben a que el diseño del mercado eléctrico tiene una falla, cual es que “no posee instrumentos de manejo de riesgos frente a congestión”.

Representantes de distintos sectores participaron en el seminario organizado por Valgesta.

Por parte de los generadores, Paola Hartung advirtió que en materia de ingresos tarifarios existen otros usuarios, además de aquellos que tienen contratos, que resultan afectados en la red de transmisión. En ese sentido, la ejecutiva de AES Chile sostuvo que es necesario evaluar si es que “hay un espacio para revisar si la devolución de estos ingresos extraordinarios será solo a un subgrupo de agentes, del segmento generación, o bien si va a ser como era antes de la ley 20.936, en que todos los usuarios debían ser de alguna manera retribuidos”.

Embalses solares

En el segundo segmento, se integraron a la conversación el gerente general de Interchile, Luis Llano, y el secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía (CNE), Marco Antonio Mancilla, quienes junto al resto de los panelistas revisaron los avances y desafíos del país en materia de fomento al almacenamiento de energía eléctrica, tema también contenido en el proyecto de ley de Transición Energética. Este bloque fue moderado por Andrés Romero, socio director de Valgesta.

En su intervención, Marco Mancilla sostuvo que existe un consenso generalizado entre los distintos actores en la necesidad de lograr un salto relevante en materia de almacenamiento al año 2026.

Por su parte, el ministro Pardow concordó en que 2026 es un plazo “crítico” para lograr un crecimiento de los sistemas de almacenamiento operativos, por las necesidades del país en la materia.

Agregó que, según los instrumentos de planificación de largo plazo vigentes, Chile debería tener entre 500 y 2.500 MW en capacidad de almacenamiento, pero que actualmente posee 112 MW.

A juicio del secretario de Estado, es importante “encontrar un mecanismo para que las obras de almacenamiento se financien y se desplieguen lo antes posible, porque el tiempo es fundamental”.

Y desde el segmento de los generadores, Juan Eduardo Vásquez resaltó que hoy en día, gracias a las tecnologías disponibles es posible construir represas de energía en la zona norte del país, utilizando sistemas de almacenamiento con baterías.

“Podemos construir represas tan grandes como queramos, para ajustar su capacidad de regulación, y con todo eso producir potencia, energía o servicios complementarios; es decir, lo que hacíamos con los embalses hidroeléctricos en el sur”. Agregó que, en Chile, gracias a sus altos niveles de irradiación solar, “podemos llegar a tener los mejores embalses de energía del planeta”.

Ley REP: Fiscalía recomienda al TDLC modificar aspectos del segundo sistema colectivo de gestión de neumáticos

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) recomendó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que ordene modificar algunos aspectos de los estatutos y bases de licitación del segundo sistema colectivo de gestión de neumáticos usados y fuera de uso, sometido a análisis de libre competencia según la Ley N° 20.920, de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), que establece el marco para la gestión de residuos y fomenta el reciclaje.

La solicitud presentada al TDLC consiste en la formación de un sistema de gestión colectivo de neumáticos usados y fuera de uso, denominado SGCNFU. Esta iniciativa es la segunda que pretende constituirse en el país en este rubro y es impulsada por 28 empresas principalmente ligadas al sector automotriz, generándose al alero de la asociación gremial Chile Neumáticos A.G. y constituyendo, posteriormente, una sociedad cuyo fin es llevar a cabo todos los trámites necesarios para constituir el sistema y obtener el financiamiento necesario para ello.

En un informe elaborado por su División Antimonopolios, la Fiscalía señaló al TDLC que, en los estatutos del sistema, algunas reglas de acceso y funcionamiento podrían inhibir la entrada de nuevos socios, generando incertidumbre sobre los montos que deberán desembolsar para ese fin, además de entorpecer la participación equitativa de todos los socios una vez el sistema esté constituido.

En este sentido, al igual que en otros informes de la Ley REP, la FNE recomendó suprimir las distinciones entre tipos de socios que formarán el sistema: fundadores y de número.

También respecto de los estatutos, la Fiscalía advirtió que no se contempla la existencia de un directorio independiente respecto de los socios que constituyen el sistema ni de las empresas de gestión de residuos que pudieran participar de las licitaciones que el propio sistema convoque. Agregó que dicha omisión deja abierta la puerta a probables conflictos de interés en la toma de decisiones del sistema, a la vez que compromete la participación equitativa de los socios.

En lo relativo a las bases de licitación, el informe de la FNE constató una importante cantidad de omisiones e indeterminaciones que impiden evaluar adecuadamente sus posibles efectos sobre la libre competencia. Sin perjuicio de ello, el informe hizo algunas observaciones sobre los aspectos que sí se encuentran regulados en las bases acompañadas.

La Ley REP exige a las empresas productoras de neumáticos -categoría que incluye también a quienes los importan como parte de maquinarias o automóviles- cumplir progresivamente con distintas metas de recolección y valorización, las cuales aumentan anualmente desde su implementación y son diferenciadas regionalmente.

Para cumplir con dichas metas, la misma ley permite que las empresas productoras formen sistemas de gestión colectivos, los cuales, antes de conformarse, deben obtener un informe favorable del TDLC, referido tanto a las reglas y procedimientos de incorporación al sistema y de su funcionamiento, como a las bases de licitación para contratar con gestores que se encarguen de dichos procesos de recolección y valorización de los neumáticos usados y fuera de uso.

Ley REP: Fiscalía recomienda al TDLC modificar aspectos del segundo sistema colectivo de gestión de neumáticos

Ley REP: Fiscalía recomienda al TDLC modificar aspectos del segundo sistema colectivo de gestión de neumáticos

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) recomendó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que ordene modificar algunos aspectos de los estatutos y bases de licitación del segundo sistema colectivo de gestión de neumáticos usados y fuera de uso, sometido a análisis de libre competencia según la Ley N° 20.920, de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), que establece el marco para la gestión de residuos y fomenta el reciclaje.

La solicitud presentada al TDLC consiste en la formación de un sistema de gestión colectivo de neumáticos usados y fuera de uso, denominado SGCNFU. Esta iniciativa es la segunda que pretende constituirse en el país en este rubro y es impulsada por 28 empresas principalmente ligadas al sector automotriz, generándose al alero de la asociación gremial Chile Neumáticos A.G. y constituyendo, posteriormente, una sociedad cuyo fin es llevar a cabo todos los trámites necesarios para constituir el sistema y obtener el financiamiento necesario para ello.

En un informe elaborado por su División Antimonopolios, la Fiscalía señaló al TDLC que, en los estatutos del sistema, algunas reglas de acceso y funcionamiento podrían inhibir la entrada de nuevos socios, generando incertidumbre sobre los montos que deberán desembolsar para ese fin, además de entorpecer la participación equitativa de todos los socios una vez el sistema esté constituido.

En este sentido, al igual que en otros informes de la Ley REP, la FNE recomendó suprimir las distinciones entre tipos de socios que formarán el sistema: fundadores y de número.

También respecto de los estatutos, la Fiscalía advirtió que no se contempla la existencia de un directorio independiente respecto de los socios que constituyen el sistema ni de las empresas de gestión de residuos que pudieran participar de las licitaciones que el propio sistema convoque. Agregó que dicha omisión deja abierta la puerta a probables conflictos de interés en la toma de decisiones del sistema, a la vez que compromete la participación equitativa de los socios.

En lo relativo a las bases de licitación, el informe de la FNE constató una importante cantidad de omisiones e indeterminaciones que impiden evaluar adecuadamente sus posibles efectos sobre la libre competencia. Sin perjuicio de ello, el informe hizo algunas observaciones sobre los aspectos que sí se encuentran regulados en las bases acompañadas.

La Ley REP exige a las empresas productoras de neumáticos -categoría que incluye también a quienes los importan como parte de maquinarias o automóviles- cumplir progresivamente con distintas metas de recolección y valorización, las cuales aumentan anualmente desde su implementación y son diferenciadas regionalmente.

Para cumplir con dichas metas, la misma ley permite que las empresas productoras formen sistemas de gestión colectivos, los cuales, antes de conformarse, deben obtener un informe favorable del TDLC, referido tanto a las reglas y procedimientos de incorporación al sistema y de su funcionamiento, como a las bases de licitación para contratar con gestores que se encarguen de dichos procesos de recolección y valorización de los neumáticos usados y fuera de uso.