“Luego del periodo de excepción por crisis sanitaria, en que el Ejecutivo acordó con las empresas de distribución de electricidad establecer la posibilidad de postergar el pago de cuentas y prorratearlas en las cuentas futuras, se ha constatado un aumento exponencial en las irregularidades y controversias relativas a la facturación de servicios adeudados”.

Así inicia el proyecto de ley que pretende modificar cuerpos legales, para aumentar las sanciones por infracciones en materia de servicios de electricidad y combustibles, y que fue ingresado el pasado 19 de julio en el Senado, por los legisladores Carmen Gloria Aravena (Partido Republicano), Juan Castro Pietro (Independiente) , Alfonso de Urresti Longton (PS) y Rojo Edwards Silva (Partido Republicano).

En detalle, la iniciativa propone una incorporación en el Decreto N°119 y una modificación e incorporación en la Ley 18.410. En ese sentido, el proyecto busca incorporar un inciso en el artículo 11° del Decreto N° 119, que permita que los denunciantes tengan asesoramiento por funcionarios de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) en caso de no contar con las habilidades o los medios para redactar la denuncia en caso de recibir facturaciones con aumentos fuera de lo regular.

Asimismo, el proyecto busca agregar el artículo 16°C a la Ley 18.410, que plantea que más allá de las sanciones que correspondan por el cobro injustificado de valores en la boleta de servicios eléctricos, “esto dará lugar a una compensación por el mal causado a él o los usuarios afectados, con cargo al concesionario, equivalente al duplo del cobro injustificado en la boleta«.

“Las compensaciones a que se refiere este artículo se abonarán al usuario de inmediato y tendrán un carácter especial, independientemente del derecho que asista al concesionario para repetir en contra de terceros responsables y demás acciones del derecho común”, señaló la iniciativa que está pronta a discutirse.