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Reforma al Código de Aguas, una mirada desde los proyectos mini hidro

Mar 5, 2019

En febrero pasado, el gobierno ingresó la esperada indicación sustitutiva de reforma al Código de Aguas. Recordemos que esta materia fue ampliamente discutida durante el gobierno pasado, avanzándose hasta entrado el segundo trámite constitucional en una reforma que fue ampliamente resistida por todos los sectores productivos, y cuyo control por parte del Ejecutivo pareció verse […]

En febrero pasado, el gobierno ingresó la esperada indicación sustitutiva de reforma al Código de Aguas. Recordemos que esta materia fue ampliamente discutida durante el gobierno pasado, avanzándose hasta entrado el segundo trámite constitucional en una reforma que fue ampliamente resistida por todos los sectores productivos, y cuyo control por parte del Ejecutivo pareció verse superado en la en las últimas comisiones del Senado.

El actual gobierno se ha tomado el tiempo necesario para reestudiar todo el proyecto, y ha presentado una indicación al proyecto cuyo objetivo principal es, posicionando el consumo humano como primera prioridad, otorgar a la vez las certezas jurídicas que requiere la regulación hídrica en todas sus dimensiones, incluyendo la productiva.

Reconociendo las innegables mejoras con que cuenta el proyecto del actual gobierno, como gremio nos preocupan ciertos aspectos, concretamente, el alza que se incluye en materia de patentes por no uso, lo que creemos podría afectar el necesario equilibrio que debe darse en esta materia para no afectar la materialización de los proyectos mini hidráulicos.

Nuestro diagnóstico en esta materia es que el sistema actual, concebido originalmente en el año 2005 para llegar a su tope de montos en 2017 está funcionando, y que la devolución masiva de derechos al Fisco por causa de este sistema es hoy una realidad innegable. Hoy, al décimo año desde la tenencia del derecho se llega a un tope cuadruplicado en el valor original de la patente por no uso, la cual se calcula por caudal involucrado y capacidad de generación de ese caudal.

Según datos de la propia Dirección General de Aguas, a mayo de 2016, es decir, aun antes de llegar a su tope, el 45% de los derechos estaban en vías de ser devueltos por falta de pago de la patente por no uso, cifra que se ha incrementado dado las actuales condiciones de mercado.

En esta materia, resulta necesario equilibrar la regulación para permitir al desarrollador que no ha podido concretar las obras asociadas al proyecto, por ejemplo, porque está a la espera del desarrollo de una línea de transmisión (caso muy común en la industria minihidro) o que está tramitando la resolución de calificación ambiental poder iniciar la construcción del proyecto.

Finalmente, pensamos que resulta imprescindible establecer la obligación de inscribir todos los derechos de aprovechamiento en el Conservador de Bienes Raíces, que es el mecanismo que permite que éstos entren al sistema de pago de patentes por no uso, evitando de esta forma la especulación.

Rafael Loyola, director ejecutivo de la Asociación de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas (Apemec A.G.).

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