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La necesidad urgente de completar la reglamentación del sector eléctrico

Jun 4, 2014

La sabiduría popular señala desde hace mucho tiempo que “el diablo está en los detalles”.  El sector eléctrico chileno es una demostración empírica de lo acertado del refrán. Bajo nuestro ordenamiento legal, las leyes establecen los grandes principios rectores de una determinada actividad, correspondiéndole al Congreso su aprobación. Por su parte, las leyes remiten el […]

La sabiduría popular señala desde hace mucho tiempo que “el diablo está en los detalles”.  El sector eléctrico chileno es una demostración empírica de lo acertado del refrán.

Bajo nuestro ordenamiento legal, las leyes establecen los grandes principios rectores de una determinada actividad, correspondiéndole al Congreso su aprobación. Por su parte, las leyes remiten el detalle de su aplicación a los denominados reglamentos, cuya propuesta y aprobación es resorte del ejecutivo.

A comienzos de la década del 2000 y por diferentes razones, la Ley General de Servicios Eléctricos, o más conocida como “Ley Eléctrica”, requirió diferentes modificaciones de fondo que apuntaron, por ejemplo, a reformar los mecanismos de planificación, expansión y tarificación del sistema de transmisión, la reforma de la regulación de los CDEC y la incorporación de las licitaciones de suministro para las empresas distribuidoras, por mencionar algunos.

Todas esas modificaciones a la ley eléctrica, incluyeron disposiciones a materias que quedaron encargadas explícitamente a reglamentos que entregarían sus detalles. Por razones cuyo origen solamente queda para la imaginación, la gran mayoría de dichos reglamentos no fueron (ni han sido) emitidos y aprobados oportunamente. Así, con solamente unas pocas excepciones, vemos como reglamentos de primera importancia han demorado −o demorarán− más de ocho años en ser promulgados. Tal como es el caso de los importantes reglamentos relativos a los tres segmentos del sistema de transmisión: troncal, subtransmisión y adicional.

El mercado eléctrico en sus tres segmentos: generación, transmisión y distribución, tiene una operación compleja y que involucra importantes inversiones. La falta de la regulación de detalle tiene efectos muy negativos en el desarrollo eficiente de este mercado.

A modo de ejemplo, la falta de reglamentos favorece a los incumbentes, que tienen más experiencia en el mercado y conocen de mejor forma los “usos y costumbres”, lo que se convierte en una clara barrera para atraer nuevos entrantes y lograr así un nivel adecuado de competencia.

También, la falta de reglamento puede provocar que una ley debidamente aprobada quede sin efecto. Tal es el caso de la ley de generación residencial (N° 20.571), que habiendo sido aprobada a comienzos de 2012, al día de hoy aún no cuenta con su reglamento y, por lo tanto, en la práctica es letra muerta.

El mercado ha recibido con especial interés el objetivo planteado por el actual Gobierno de aprobar a la brevedad los reglamentos faltantes, lo que –por todo lo antes señalado− será con seguridad un importante avance para la regulación del sector eléctrico.

Carlos Finat, director ejecutivo de Acera.

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