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Gas inflexible: empresas renovables presentan recurso ante la Corte Suprema para que TDLC de continuidad al juicio contra la CNE

Gas inflexible: empresas renovables presentan recurso ante la Corte Suprema para que TDLC de continuidad al juicio contra la CNE

Las empresas Eléctrica Puntilla e Hidromaule presentaron un recurso de hecho ante la Corte Suprema, en contra de la resolución dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), luego de que pretendiera poner término al juicio en que se demanda a la Comisión Nacional de Energía (CNE). Esto, por infringir las normas de defensa de la libre competencia al establecer mediante una Norma Técnica la condición de inflexibilidad del GNL, favoreciendo a las empresas dominantes del mercado de generación eléctrica en desmedro de las pequeñas empresas de energía renovable, afectando la eficiencia económica del mercado eléctrico.

Así, el recurso de hecho busca que la Corte Suprema ordene la prosecución y continuidad del juicio legalmente iniciado. También tiene por objetivo que se determine si la CNE atentó a la libre competencia, que se impongan las sanciones que correspondan y que se ponga término a esta conducta anticompetitiva.

De igual modo, el escrito destaca que el Tribunal ignoró una sentencia previa del Máximo Tribunal cuando, el 12 de noviembre de 2021, zanjó la naturaleza jurídica de la Norma Técnica- y lo acusa de pretender reemplazar el juicio ya iniciado por un proceso de recomendación normativa.

En definitiva, el recurso de hecho señala que el TDLC de manera arbitraria y abusiva pretende poner término al juicio, mediante una excepción dilatoria de corrección del procedimiento, infringiendo el Derecho a Accionar ante los tribunales de justicia, que a su vez constituye una de las garantías constitucionales reconocidas en el artículo 19 Nº 3 y un deber de todo Tribunal de justicia en los términos prescritos por el artículo 76 de la Constitución Política de la República.

El abogado Mario Bravo afirmó: “No tenemos dudas de que la Corte Suprema revertirá este fallo y ordenará la prosecución del juicio legalmente iniciado y en definitiva se declarará que la CNE ha impedido y entorpecido la libre competencia en el mercado de generación eléctrica desde el año 2016 a la fecha”.

Bravo agregó que “la demanda se basa en que la CNE ha promovido y renovado una norma administrativa que establece la condición de Inflexibilidad para el GNL, la cual distorsiona los precios en el mercado spot de energía y genera efectos gravemente atentatorios para las pequeñas empresas de generación renovable, en favor de los generadores dominantes del mercado eléctrico que utilizan combustibles fósiles y que se hicieron parte en el juicio cómo coadyudantes de la CNE”.

Gas inflexible: TDLC inició expediente de recomendación normativa

Gas inflexible: TDLC inició expediente de recomendación normativa

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ordenó dar inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211 (“D.L. N° 211”), respecto del ejercicio de la facultad establecida en el artículo 18 N° 4 del mismo cuerpo legal, sobre la compatibilidad de la “Condición de Inflexibilidad”, contenida en la Norma Técnica para la Programación y Coordinación de la Operación de Unidades que Utilicen GNL Regasificado, aprobadas por la CNE mediante Resolución Exenta Nº 626 de 23 de agosto de 2016; y modificada por Resoluciones Exentas Nº 376 de 21 de junio de 2019 y Nº 411, de 13 de octubre de 2021, con las normas de defensa de la libre competencia.

Se ordenó, además, publicar un extracto de la referida resolución en el Diario Oficial, y oficiar a diferentes autoridades a fin de que éstos, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la publicación del extracto en el Diario Oficial.

«De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo», informó el organismo.

«Quienes aporten antecedentes deberán indicar una dirección de correo electrónico en sus presentaciones a fin de imponerlos del estado de la causa cuando el Tribunal lo estime necesario», agregó el TDLC.

Gas inflexible: Colbún pide ser parte en proceso contencioso en el TDLC

Colbún se hizo parte en el proceso contencioso contra la Comisión Nacional de Energía que presentó un grupo de empresas hidroeléctricas, donde el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió la medida cautelar solicitada por las demandantes, instruyendo al organismo regulador para dejar sin efecto la aplicación de la “Condición de Inflexibilidad” contenida en la Norma GNL.

La empresa solicita ser parte en el proceso, «en calidad de tercero coadyuvante de la Comisión», argumentando que «la pretensión contenida en la Demanda de eliminar la Condición de Inflexibilidad, como la Medida Cautelar que suspende su aplicación durante la vigencia del proceso, impactan directamente en las condiciones bajo las cuales las centrales termoeléctricas de Colbún generan energía eléctrica, evidenciándose, de esa manera, que existen intereses legítimos de Colbún involucrados en el presente juicio, así como en sus resultados».

«Es bajo dicho entendido, que el interés de Colbún de oponerse a la eliminación de la Condición de Inflexibilidad resulta armónico con la posición de la demanda de autos –la CNE–, parte en contra de quién se dirige la Demanda y quien dictó el cuerpo normativo en que se basa la Condición de Inflexibilidad», se indica en el escrito de la generadora al TDLC.

La generadora también solicita al TDLC el alzamiento de la medida cautelar, señalando que no existen argumentos de hecho, jurídicos ni para mantenerla.

Reacciones por medida del TDLC por gas inflexible: «Mercado eléctrico retornará a la normalidad»

Reacciones por medida del TDLC por gas inflexible: «Mercado eléctrico retornará a la normalidad»

La reciente resolución del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en orden a poner una medida precautoria en contra de la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la condición de inflexibilidad del gas que se contiene en la Norma Técnica para el despacho de las centrales que usen este combustibles, fue valorada por actores del sector eléctricos.

Mario Bravo, de Estudio Bravo, destacó la medida decretada por el TDLC «en cuanto ordena a la CNE suspender la aplicación de la ‘Condición de Inflexibilidad del GNL’, dado que existe presunción grave de lo que reclamamos y porque el Tribunal entendió que es necesaria para impedir que se sigan produciendo los efectos negativos de la aplicación de esta Condición. Todo ello velando por el interés común, que no es otra cosa que garantizar condiciones de libre competencia en el mercado de generación eléctrica».

«Con esta resolución, el mercado eléctrico retornará a la normalidad mientras dura el juicio, gracias a la pronta respuesta de la institucionalidad de libre competencia. Teníamos la total confianza y certeza de que el TDLC atendería a la gravedad de la situación y valoramos el rigor jurídico con que actuó».

Apemec

Rafael Loyola, director ejecutivo de la Asociación de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas (Apemec), también valoró la medida: «Estamos muy satisfechos y esperanzados con el otorgamiento de esta medida precautoria contra la CNE, porque indica que a juicio del TDLC existen indicios serios y justificados en orden a que la ‘Condición de Inflexibilidad’ contenida en la Norma Técnica de 2021 constituye un grave atentado a la libre competencia».

«En este sentido, es lamentable que la CNE no haya atendido ninguno de los argumentos planteados en su momento por nosotros, los demás gremios renovables, el Congreso y los realizados durante la misma consulta pública de la norma, los que justamente alertaban sobre el hecho de que algunos generadores pueden ejercer poder de mercado alterando los precios spot de la energía, saltándose el orden de mérito económico establecido en la ley y afectando a las generadoras renovables. Esperamos que el TDLC mantenga esta precautoria durante todo el proceso y, en definitiva, se condene a la CNE como infractor de la libre competencia, que es lo que en derecho correspondería», sostuvo.

Principales puntos

Según Mario Bravo, los principales puntos del documento emitido por el TDLC en este tema son:

-La CNE decidió, de manera contumaz, modificar la Norma Técnica, pero manteniendo en ella la denominada “Condición de Inflexibilidad”, e incluso dándole un carácter aún más gravoso para la libre competencia que la versión contenida en las dos normas técnicas anteriores, desconociendo íntegramente los aportes y observaciones hechas, tanto públicamente como durante el propio proceso de modificación de la NT, por un sinúmero de agentes del mercado que advertían sobre los graves efectos anticompetitivos que desde el año 2016venía generando dicha “Condición de Inflexibilidad” en el mercado eléctrico.

-A la fecha no han existido estudios que justifiquen económicamente la existencia de la Condición de Inflexibilidad. Al contrario, esa Condición ha tenido como efecto impedir, restringir y entorpecer la competencia en el mercado de generación eléctrica.

-Cabe reiterar que la premisa de un precio bajo del GNL no afecta a los contratos con las distribuidoras ni a los clientes regulados, ya que dichos contratos se negociaron a largo plazo. Por lo tanto, no hay una necesidad social ni puede haber un nivel de inflexibilidad aceptable para accesar a precios bajos de GNL, pues aquí sólo hay un beneficio privado y no social.

Gas inflexible: Se iniciarán consultas sobre compatibilidad de normas de defensa de la libre competencia con norma técnica

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia inició las consultas sobre la compatibilidad con las normas de defensa de la libre competencia de la condición de inflexibilidad contenida en la Norma Técnica para la Programación y Coordinación de la Operación de unidades que utilicen GNL regasificado de junio de 2019 de la Comisión Nacional de Energía (CNE).

Con ello el organismo da cumplimiento a lo ordenado en esta materia por parte de la Corte Suprema, en el marco de la consulta formulada por Hidromaule S.A., Energía Duqueco SpA, Coyanco SpA, Gestión de Proyectos Eléctricos S.A., Besalco Energía Renovable S.A. y Eléctrica Puntilla S.A.

Los interesados en aportar antecedentes en este tema tienen un plazo de 30 días hábiles, luego de que esta resolución sea publicada en el Diario Oficial.

Para estos fines también se ordena oficiar a actores como la Fiscalía Nacional Económica, el Ministerio de Energía, la Comisión Nacional de Energía, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, el Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, a Empresas Eléctricas A.G., Generadoras de Chile A.G., Asociación Gremial de Pequeños y Medianos Generadores, Asociación de Empresas de Gas Natural – AGN Chile, Asociación Chilena de Energías Renovables y Almacenamiento A.G., Asociación de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas A.G., Asociación Chilena de Energía Solar A.G. y Asociación Chilena de Energía Geotérmica A.G.